Corte Suprema deja a firme sanción contra Brinks por reemplazo ilegal de trabajadores

Se declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia por el que la empresa pretendía dejar sin efecto sentencia por prácticas antisindicales, al haber realizado reemplazo interno sin que su última oferta cumpliera con requisitos legales. A juicio de la Corte, “en la actualidad, no hay diferentes interpretaciones”. Importante para el debate sobre las “adecuaciones necesarias” que establece el proyecto de reforma laboral.

Recuento

El año 2015 la Inspección del Trabajo interpuso demanda por prácticas antisindicales contra la empresa de transporte de valores Brinks por reemplazar trabajadores en huelga sin cumplir con los requisitos del artículo 381 del Código del Trabajo (ofrecer mismo contrato, reajuste por IPC y 4 UF por cada reemplazante). El tribunal laboral acogió la demanda y la sentencia fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Brinks interpuso un recurso de unificación de jurisprudencia pero la Corte Suprema lo declaró inadmisible. ¿La razón?

Debate cerrado

Sabido es que la legislación vigente permite el reemplazo de trabajadores en huelga. El asunto, sin embargo, es si los requisitos del artículo 381 aplican tanto para el reemplazo externo e interno (tesis amplia) o solo para el externo (tesis restrictiva). La Cuarta Sala anterior -en la época del Ministro Patricio Valdés- sostuvo la primera tesis, lo que constituía un incentivo para que las empresas recurrieran al reemplazo interno y así ahorraran costos. Pero desde diciembre de 2014 (caso Promolinks) la Sala actual sostiene la segunda. Su criterio es tan asentado que, en el caso de Brinks, la Corte no oyó alegatos y derechamente declaró inadmisible el recurso afirmando que “en la actualidad, no hay diferentes interpretaciones”, con lo que envía una poderosa señal: el reemplazo interno ya no es gratis. Al menos con la ley actual.

Tercero: Que la materia de derecho propuesta por el recurso constituye una cuestión jurídica respecto de la cual, en la actualidad, no hay diferentes interpretaciones, pues la sentencia impugnada se ajusta al modo en que el asunto ha sido resuelto por esta Corte en los ingresos Roles No 10.444-2014 y No 15.293- 2014, mediante sentencias de 29 de enero y 12 de mayo de 2015, respectivamente, , en el sentido que la prohibición del artículo 381 del Código del Trabajo comprende no solo la contratación de nuevos trabajadores, sino también el reemplazo de aquellos en huelga con otros de la propia empresa, sin que en el escrito que contiene el requerimiento se aporten nuevos antecedentes, en los términos del artículo 483 A del Código del Trabajo, que conduzcan al reestudio de lo decidido y a la elaboración de una nueva concepción de la materia, razón por la cual debe declararse inadmisible el recurso de unificación planteado. (sentencia de 1 de junio de 2016, Rol 14.306-2016)

Las “adecuaciones necesarias” de Brinks

La empresa negó haber incurrido en reemplazo de trabajadores. Antes de la huelga contrató trabajadores, les asignó las mismas funciones que los sindicalizados y durante la paralización les cambió los turnos de trabajo, afirmando que era propio de sus facultades de administración. La evidente similitud es este argumento con las atribuciones que el artículo 405 del proyecto de reforma laboral otorga a las empresas para modificar turnos y hacer adecuaciones necesarias con el objeto que los no sindicalizados realicen las funciones pactadas en sus contratos de trabajo, nos hizo llamar la atención hace algunos meses que la Reforma pretende validar una forma de reemplazo que la justicia laboral ha sancionado.

Importante es tener en cuenta que, con la ley vigente, Brinks tendría que haber pagado 4 UF por cada trabajador reemplazante. Con el proyecto de reforma, sin embargo, no deberá pagar nada, lo que hemos denunciado como otro retroceso de la “reforma histórica”.

Sin categoría

Aldo

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *