
El miércoles 29 de abril, la Comisión Mixta despachó el proyecto de ley que modificaba la Ley de Protección del Empleo. Estaba listo para que fuera sometido a votación en Sala en el Senado y la Cámara de Diputados, y se convirtiera en ley. Grandes empresas se preparaban para implementar la nueva normativa, que no les afectaba mayormente e incluso les permitía suspender relación laboral a más trabajadores. Sin embargo, de manera repentina, la Comisión volvió a sesionar el lunes 4 y martes 5 de mayo. ¿La razón? Revisar tres artículos de la que sería la nueva versión de la ley 21.227, el 21, 22 y 30, el primero por petición del Ministerio de Hacienda, el segundo de la Cámara Chilena de la Construcción, y el tercero debido al escándalo provocado por el reparto de utilidades anunciado por Cencosud. Eso no impidió que parlamentarios presentaran indicaciones relacionadas con otros asuntos. A continuación el recuento de una reapertura de una comisión mixta inédita.
El factor Cámara Chilena de la Construcción
La Comisión Mixta fue reabierta a petición de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), así lo denunció la Senadora Adriana Muñoz en el debate de la Comisión, calificándolo como “inédito”. El objetivo de este poderoso conglomerado empresarial era que no se le aplicara el artículo 22, y lo consiguió. Esta norma prohibía suspender relación laboral y reducir jornada laboral a las empresas que celebraran con el estado contratos financiados íntegramente por ley de presupuestos y recibieran efectivamente los pagos. La prohibición fue refraseada y se exceptuó a las empresas que “contraten con el Estado para la ejecución de obras o proyectos de inversión y que se paguen según el estado de avance de obras.” La Senadora Muñoz se opuso a cualquier cambio a esta norma, para no generar más posibilidades de abuso empresarial, invocando como ejemplo los abusos que sufren las trabajadoras que se desempeñan como manipuladoras de alimento, pero fue aprobada por la Comisión por el voto dirimente del Senador Letelier, presidente de la Comisión. Como compensación, este promovió una norma que garantizara los derechos de las manipuladoras de alimentos del programa de alimentación escolar de JUNAEB.
El factor Consejo de Estabilidad Financiera
La Comisión Mixta contó con la participación activa del Ministro de Hacienda. En su calidad de miembro del Consejo de Estabilidad Financiera -casi todos nombrados en sus puestos por el Presidente de la República- dio a conocer la preocupación de la entidad con una serie de iniciativas legislativas, entre ellas el artículo 21. Esta norma permitía cobrar los seguros o cláusulas de cesantía contratados con aseguradoras, a los trabajadores a quienes su relación laboral se hubiere suspendido de pleno derecho o su jornada se hubiere reducido de común acuerdo, lo cual en la sesión del miércoles 29 de abril la Comisión Mixta amplió también a los pactos de suspensión. La opinión del Consejo se oficializó en un comunicado de este martes 5 de mayo, en que advertía que el artículo 21 “puede provocar impactos patrimoniales significativos en algunas compañías de seguros”. El temor a ser responsable de efectos catastróficos en el mercado de valores llevó a los parlamentarios a aceptar una fórmula que disminuía el pago de las aseguradoras, cubriendo solo aquella parte de la remuneración que no pague el seguro de cesantía.
El factor Cencosud
El jueves 30 de abril, ya conocidas las modificaciones aprobadas por la Comisión Mixta, Cencosud S.A. hizo dos grandes anuncios. El primero, que el ex Ministro de Hacienda, Felipe Larraín, se sumaría al directorio de la empresa, y el segundo, que repartiría 90 mil millones en dividendos a sus accionistas. Esto último caló hondo en varios miembros de la Comisión porque recién el día anterior habían aprobado una norma que prohibía el retiro de utilidades a las sociedades anónimas que suspendían relación laboral a sus trabajadores para acogerse a la ley de protección del empleo. Almacenes París, Johnson´s y otras empresas del holding Cencosud figuraban entre las grandes empresas que declararon suspensión de relación laboral a miles de trabajadores y su matriz ahora anunciaba que pagaría dividendos. El periodista Daniel Matamala lo llamó “perfectamente legal” en una columna que publicó el sábado 2 de mayo, y en el mismo sentido se defendió Cencosud S.A. en comunicado publicado el lunes 4 de mayo.
La Comisión Mixta se había equivocado. En la nota anterior advertimos que la norma aprobada no impediría a empresas como Cencosud S.A. retirar utilidades, ya que se estructuran en multirut, contratan a trabajadores a través de otras razones sociales -que ni siquiera son “S.A.”- y son éstas las que suspendieron relación laboral, por lo que la prohibición sería inaplicable. Además, en la sesión del 29 de abril la Comisión dejó fuera de la prohibición a las empresas que tuvieran “participación mayoritaria” en otras que se acogen a la suspensión, pese a que lo había aprobado el día anterior.
Pero en esta reapertura de la Comisión Mixta, los parlamentarios no oficialistas estuvieron alineados y propusieron que la prohibición de retiro de utilidades se extendiera al grupo de empresas. También se propuso que esto operara con efecto retroactivo, pero la indicación fue declarada inadmisible. El gobierno cedió a su interés original y centró sus esfuerzos en defender que las empresas retiraran hasta el 30% de utilidades y al mismo tiempo pudieran suspender relación laboral hasta a un 10% de trabajadores del grupo empresarial. Aquellos abrieron la posibilidad a permitir suspensión de una cantidad inferior de trabajadores, el gobierno no quiso contraofertar, el Ministro de Hacienda advirtió que esto implicaría despidos ya que los directores de las empresas deben velar por el interés de los accionistas (no de los trabajadores), y aquellos terminaron sometiendo a votación la indicación, aprobándola por mayoría. Modificaron también la extensión de la prohibición de retiro de utilidades, eliminando la frase que solo prohibía hacerlo solo “durante el tiempo en que presenten contratos de trabajo suspendidos”, extendiéndolas a todo el “año comercial”, lo que significa que las empresas que suspendieron contratos este 2020 no podrán pagar dividendos este año (podrán hacerlo el próximo).
Suspensión en empresas excluidas de paralización
Cuando la sesión del martes 5 de mayo estaba por terminar, la diputada Yeomans propuso modificar el inciso final del artículo 3 de la ley. Este artículo impedía declarar suspensión de relación laboral a las empresas excluidas de paralización de funciones (bancos, supermercados, farmacias, clínicas, telecomunicaciones, empresas de transporte interurbano, mineras, etc.), lo que operaba como garantía para sus trabajadores. Por eso, y a requerimiento de empresas como los servicentros, en su proyecto de ley corta el gobierno propuso eliminar esta prohibición, para ampliar la cantidad de trabajadores “beneficiados”.
En la sesión del miércoles 29 se acordó permitir la suspensión de contrato a los trabajadores cuyos servicios no fueren “necesarios”, lo que abría la posibilidad de suspender contratos a miles de trabajadores más, sin su consentimiento. Sin embargo, la diputada propuso que solo se permitiera la suspensión por mutuo acuerdo, el Senador Letelier lo respaldó porque ese era el “espíritu” de lo aprobado la semana anterior, el gobierno no pudo contra argumentar eficazmente y, sometida a votación, la indicación se aprobó. Esto significa que se amplía por miles la cantidad de trabajadores a quienes se podrá suspender la relación laboral bajo el argumento de que sus servicios “no son necesarios”, pero – a diferencia de lo aprobado la semana anterior- ahora al menos deberá ser con acuerdo del trabajador y previa consulta al sindicato, siempre que la empresa esté “afectada” total o parcialmente, conforme a los parámetros que se agregaron a la ley.