Este jueves 8 de septiembre finalmente se publicó la ley 29.940 que Moderniza el Sistema de Relaciones Laborales, más conocida como “reforma laboral”. La nueva normativa corresponde al proyecto aprobado por el Congreso en Comisión Mixta “recortado” por el Tribunal Constitucional en dos oportunidades y un Veto presidencial. De este modo, los vacíos e inconsistencias del texto (como por ejemplo, en materia de grupos negociadores) serán “aclarados” por la doctrina, dictámenes de la Dirección del Trabajo y la jurisprudencia de los tribunales de justicia.
En virtud de lo dispuesto en sus normas transitorias, la nueva legislación entrará en vigencia el 1 de abril de 2017, por lo que las negociaciones colectivas y contratos colectivos suscritos antes de esa fecha se rigen por la ley vigente, no obstante lo cual se anticipa la discusión sobre calificación de “servicios mínimos”, de manera voluntaria para ambas partes a partir de la publicación de la ley o bien a requerimiento de las empresas tratándose de negociaciones colectivas programadas para los 6 primeros meses desde entrada en vigencia (abril a octubre de 2017), discusión para la cual es necesario comenzar a prepararse.