Dictamen rechaza teoría utilizada por Unimarc para objetar negociaciones colectivas por extemporaneidad y aclara cómputo de plazo de dos años de espera
Actualmente, el artículo 322 del Código del Trabajo regula la oportunidad para presentar proyecto de contrato colectivo en aquellas empresas que tienen instrumento colectivo vigente, distinguiendo según antigüedad laboral y extensión de beneficios. La regulación no es sencilla y su… Continuar leyendo